Contrato pre-matrimonial Marzo 5, 2007
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Yo, _____________________, mayor de edad, con Documento de Identidad Nº ____________, a quien en lo sucesivo se denominará “el esposo”, y la señora _____________________, mayor de edad, con Documento de Identidad Nº __________, en adelante “la esposa”, han convenido y pactado:
Capitulo I: De los derechos y obligaciones de las partes
Artículo 1: El presente contrato de matrimonio tiene una duración de no más de cinco (5) años a partir de la fecha, y puede ser renovado en dicha fecha en caso que las partes estén de acuerdo, de lo contrario quedará anulado sin necesidad de que exista el divorcio ni el papeleo y así no tener que incurrir en esos gastos molestos, ni en reuniones.
FÁBULA CON MORALEJA Marzo 5, 2007
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En una lluvia brava, una cotorra se encontraba en el bosque, y corrió para buscar refugio, llegó al nido de pajarito en un árbol, le tocó la puerta, y le dijo:
C: Pajarito, déjame pasar porque estoy mojada y me puedo enfermar.
P: No molestes, me vas a mojar todo el nido
C: Por favor !!! no tengo a donde ir.
P: No jodas !!! que estas empapada.
C: Te ruego , cada vez me mojo mas.
P: No , chau..
Entonces el pajarito le cierra la puerta en la cara, y la cotorra se quedó afuera.
MORALEJA: Mientras mas mojada está la cotorra, mas duro se pone el pájaro.
Despidieron a una empleada por chatear en el trabajo Marzo 5, 2007
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Había instalado programas de mensajería instantánea y software para descargar archivos. La justicia ratificó el despido por “abuso de confianza”
Un juzgado español declaró procedente el despido de una operaria que en sus conversaciones por internet ofrecía “datos personales sobre su lugar de trabajo” y reconocía que se pasaba “el día conectada a los chats” en horario laboral. Así estuvo durante tres años, desde 2003 a 2006.
Según la sentencia del caso, la trabajadora también admitió en estas conversaciones “de contenido estrictamente personal” haber instalado “programas camuflados” en el ordenador de la empresa, en la que trabajaba como auxiliar administrativa de informática, y haberse dedicado “continuamente” a “bajar música de la red”.
El texto judicial explica que la empresa se dio cuenta de estos hechos por una inspección que realizó, preocupada por los “resultados negativos” de la compañía, y durante la que una asesoría externa llegó a la conclusión de que era “incomprensible” que la trabajadora, la única que utilizaba el ordenador, dedicara “una jornada completa” a realizar su trabajo.